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domingo, 16 de marzo de 2014

15 días de periodo de consulta para la regularización de las apuestas cruzadas

13 comments
 
¡Ya queda menos! Estamos mas cerca del día en que podamos hacer trading deportivo legal en España. El día 10 de marzo comenzó el periodo de 15 días en que la DGOJ consulta a los operadores sobre la regulación de las apuestas cruzadas, para sacar conclusiones y regularlas de una vez por todas.
Os pongo el texto directamente de la web oficial de la DGOJ:

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viernes, 19 de abril de 2013

SE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE LAS APUESTAS DE INTERCAMBIO!!!!!!

73 comments

¡¡¡¡Gracias a todos por firmar la petición, compartir, retwittear y ayudarnos a armar todo este revuelo por las redes sociales!!!!! 
Yuhuuuuuuuu!!!! Estamos de enhorabuena, volveremos a sumar verdes!!!

FUENTE: http://www.ordenacionjuego.es/es/art-apuestas-cruzadas-maquinas-recreativas

COMUNICACIÓN SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS APUESTAS CRUZADAS Y MÁQUINAS RECREATIVAS DE JUEGO ONLINE

La Dirección General de Ordenación del Juego, una vez estudiadas y analizadas las distintas argumentaciones remitidas durante el proceso de consulta abierto al efecto, ha alcanzado las siguientes conclusiones:

  • El  desarrollo reglamentario reforzará la lucha proactiva contra el juego ilegal lo que permitirá la disminución del mercado ilegal existente para ambos tipos de juegos, que es la principal fuente de riesgo para la protección de los derechos de los participantes y en particular de los  más vulnerables.

  • La regulación de estos juegos determinará su sujeción a los procedimientos de verificación previa del participante, control de acceso de menores y autoexcluidos, control de acceso de personas vinculadas y demás prohibiciones subjetivas, en relación a los potenciales participantes en los mismos.

  • La regulación supondrá una mejor aplicación de las medidas incorporadas a la Ley 13/2011, respecto a la lucha contra el blanqueo de capitales, la integridad de los eventos, la protección de los usuarios, el juego responsable y el resto de principios orientadores, sin que sean necesarias modificaciones adicionales.

  • La regulación de ambos tipos de juego en su modalidad online es perfectamente compatible con la competencia efectiva en el mercado del juego en su conjunto.

No se han apreciado contradicciones con la normativa española, cuyo objetivo es el de regular todas aquellas modalidades y tipologías de juego posibles con el fin de adecuarlas a los principios de la misma. Así, en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del Juego, no se hace ninguna mención restrictiva en relación con las máquinas recreativas de juego online, mientras que en el caso de las apuestas cruzadas, parece claro que la voluntad del legislador fue incluirlas en la regulación estatal al estar mencionadas de forma repetida en la norma.

Como consecuencia de ello, esta Dirección General considera procedente reglamentar los juegos “apuestas cruzadas” y "máquinas recreativas de juego online". La tramitación normativa de ambos tipos de juego se hará de forma consecutiva, iniciándose en primer lugar la correspondiente a las apuestas cruzadas y, posteriormente, para las máquinas recreativas de juego online. Dicho proceso comprende en ambos casos las siguientes etapas:

  • Elaboración del borrador de Orden Ministerial y memoria de análisis de impacto normativo
  • Trámite de información pública
  • Celebración de las Comisiones bilaterales Generalitat-Estado y Junta de Andalucía-Estado
  • Conformidades Secretarias de Estado del MINHAP
  • Informe de la  Secretaria General Técnica del MINHAP
  • Aprobacion final por orden ministerial